Novedades para el fomento del ahorro energético
Recientemente, se han aprobado una serie de medidas encaminadas al ahorro energético en el ámbito estatal (Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural):
- Climatización: con respecto a los establecimientos de uso administrativo, comercial, cultural, de espectáculos, restauración y transporte de personas, la temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27ºC, ni superior a 19ºC en los calefactados, con una humedad relativa comprendida entre el 30% y el 70%. No tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales.
- Cierre de puertas: los establecimientos citados anteriormente con acceso desde la calle dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que estas permanezcan abiertas permanentemente.
- Alumbrado de escaparates: Deberán mantenerse apagados desde las 22 horas (también los edificios públicos desocupados a dicha hora). Otros elementos de alumbrado exterior como señales, carteles, anuncios luminosos, anuncios iluminados, mobiliario urbano, marquesinas o cabinas, no se encuentran contemplados en esta limitación.
Se deberá informar mediante carteles informativos o el uso de pantallas, de las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, información sobre temperatura y humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento. Dichos carteles o pantallas deberán ser claramente visibles desde la entrada o acceso a los edificios, así como en cada una de las ubicaciones en las que existan los dispositivos de visualización.
En cualquier caso, le aconsejamos que se dirija a su asesor de confianza para detallar y concretar las anteriores medidas expuestas.