Deducción por gastos de guardería en el IRPF 2018

Deducción por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados & IRPF 2018

En la declaración del IRPF 2018, se tendrá que tener en cuenta, además de la deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales, un incremento de hasta 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la deducción anterior, hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

En el período impositivo en que el hijo menor cumpla tres años, el incremento previsto en este apartado podrá resultar de aplicación respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

Se entenderán por gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de dichos menores, la asistencia, en horario general y ampliado, y la ALIMENTACIÓN, siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.

Los límites se fijarán en función de las cotizaciones, al igual que ocurre con la deducción por maternidad.

Pese a que está pendiente de aprobarse alguna actualización sobre esta deducción, no parece establecerse el abono anticipado como sí ocurre con la deducción por maternidad y deberá pedirse vía declaración del IRPF.

Esta deducción es independiente de la deducción autonómica aragonesa (u otras) que tiene en cuenta los gastos de guardería (sin alimentación en este caso) y las cuantías pagadas por los padres.

Asimismo, y para controlar esta situación, la AEAT ha previsto el Modelo 233 de Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados (LINK AEAT).

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