Ayudas para el sector del transporte 2023

El Real Decreto 20/2022 de Medidas de Respuesta publicado el pasado día 28 de diciembre establece para los transportistas que usen gasóleo profesional, una ayuda de 20 céntimos por litro en los suministros efectuados desde el 1 de enero al 31 de marzo de 2023, y de 10 céntimos por litro en los suministros realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023.

El pago de este gasóleo adquirido en instalaciones de venta al por menor debe hacerse mediante la utilización de las tarjetas de gasóleo profesional y este uso tendrá la consideración de solicitud de ayuda.

Cuando el suministro de gasóleo se realice en instalaciones de consumo propio, la obtención de la ayuda estará condicionada a que el titular de la instalación cumpla los requisitos y obligaciones establecidos en la Orden para la gestión de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos.

El procedimiento de gestión de la ayuda se tramitará de forma simultánea y conjunta con el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

A la finalización de cada mes natural, la Agencia Tributaria calculará el importe de la ayuda y acordará el pago de la misma. Este pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la misma cuenta indicada para la devolución del gasóleo profesional.

También se ha establecido una ayuda directa para los profesionales del transporte por carretera que no puedan ser beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos (gasóleo profesional).

Serán beneficiarios los trabajadores autónomos y sociedades que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE o sean titulares de autobuses urbanos.

Los beneficiarios deberán desarrollar una actividad que se encuadre entre los códigos del CNAE siguientes:

Código CNAEActividad
 TRANSPORTES
4932Transporte por taxi
4939Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
4941Transporte de mercancías por carretera
4942Servicios de mudanza
8690Servicio de transporte sanitario de personas
4931Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros

El importe de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario y su importe será de 300 a 3.690 €.

Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. La solicitud y la documentación necesaria se presentará durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023. El pago se realizará por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario de la ayuda, a partir de 30 de abril de 2023.

El equipo de Gabinete Cimbra.

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